PENDÓN REAL DE CASTILLA. SE CONFECCIONÓ PARA LA PROCLAMACIÓN DE CARLOS II. ACTUALMENTE SE ENCUENTRA EN EL MUSEO DE LAS FERIAS (MEDINA DEL CAMPO)
Para más información:
1812 Wellington en Valladolid
Diputación Provincial de Valladolid, 2009
Tras la victoria de Arapiles, en julio de 1812, la provincia de Valladolid queda libre de franceses y se procede en todas las poblaciones a cumplir con la publicación y juramento de la Constitución del Estado. En Medina del Campo, el día 4 de agosto, se lee un oficio de don Carlos de España en el que se manda publicar y jurar la Constitución en la villa y demás pueblos de su partido, remitiéndoles el ejemplar para que saquen copia conservando el original en la cabeza del partido y verificar que se remita testimonio. El Ayuntamiento acuerda señalar para la publicación el día quince y para la jura el siguiente día que sea festivo:
Se convidará por los Sres. Comisarios de Juntas a los dos cabildos, autoridades principales, la nobleza, empleados y notables vecinos del pueblo para que concurran a las salas del Ayuntamiento a las nueve de la mañana de donde saldrán con el Ayuntamiento acompañados de los porteros de villa, ministros y escolta militar por la Plaza Mayor hasta el sitio en que se habrá colocado un tablado al que subirán y en donde se leerá la Constitución. Los balcones del Ayuntamiento, de los dos cabildos, y demás de los vecinos de la plaza estarán colgados y adornados del mejor modo posible. En los del Ayuntamiento además de las colgaduras se pondrá el Pendón Real y debajo de él se colocará el retrato de S. M. el Sr. D. Fernando 7º con la correspondiente guardia. Se proporcionará una orquesta de músicos y aficionados para que al fin de la lectura toquen algunas sinfonías. Al tiempo de romper la música empezará el repique general de campanas, en la noche del mismo día y en la del siguiente habrá iluminación general a las nueve de la noche. En el siguiente día que es festivo se jura la Constitución en las Parroquias de esta villa después del ofertorio de la misa, y concluida, el cura párroco hará de su contenido una breve exhortación al pueblo el cual prestará el juramento junto con el clero en la forma que previene el capítulo segundo de la Real Orden y acabada la misa se cantará un solemne Tedeum de lo que se remitirá testimonio según se manda = Todos los comprendidos en el artículo 3º prestarán así mismo el juramento que previenen y en la forma que se expresa, y para todo se da comisión a los Sres. Comisionarios de Juntas y al Ser. Don Tadeo Diez para el tablado.
Todo se realiza según lo acordado remitiendo testimonio a la Regencia:
TESTIMONIO
Manuel Avendaño escribano de S.M. del nº y Ayuntamiento de esta villa de Medina del Campo doy fe que luego se remitió a esta por la superioridad la Constitución de la Monarquía española promulgada en Cádiz, dispuso el noble Ayuntamiento se publicase y jurase con la mayor solemnidad, señalando para ello el día quince del presente mes en el que se haría la publicación, y en el siguiente dieciséis festivo la jura, convocando para tan solemnes actos a los dos cabildos, su juez, autoridades militares, empleados, y personas nobles y distinguidas del pueblo; y juntos en la sala consistorial los arriba expresados se paso procesionalmente a un pequeño tablado decentemente adornado y al efecto se formó en la Plaza Mayor, como sitio mas propicio enfrente de los balcones de dicha sala consistorial en donde se hallaba colocado bajo de el dosel el retrato de S.M.C. el rey don Fernando Séptimo, y colocados todos en sus respectivos lugares, tendida la tropa alrededor de dicho tablado, después de algunas salvas de fusilería, se procedió por mi el escribano en alto e inteligible tono a la lectura y publicación de la mencionada Constitución hasta su conclusión, y terminado el acto se retiraron los concurrentes al sitio en donde se hizo la reunión.
En el siguiente dieciséis vueltos a reunir los susodichos se pasó a la Iglesia Mayor y Colegial de esta villa en la que se celebró con la mayor solemnidad y culto la misa de gracias con su correspondiente plática, concerniente al asunto de Constitución; se leyó esta por uno de los individuos de dicho cabildo canónigo, se juró según previene el decreto por todos la mencionada Constitución y se concluyó con el Te Deum, habiéndose ejecutado todos estos actos con arreglo a dicho decreto con grande concurrencia de gente y el mayor regocijo.Y para que conste en donde convenga y dar parte a la Regencia del Reino según manda, doy el presente y signo y firmo en esta villa de Medina del Campo a treinta y uno de agosto de mil ochocientos doce en este papel común por no haberlo sellado = Manuel Avendaño
TESTIMONIO
Manuel Avendaño escribano de S.M. del nº y Ayuntamiento de esta villa de Medina del Campo doy fe que luego se remitió a esta por la superioridad la Constitución de la Monarquía española promulgada en Cádiz, dispuso el noble Ayuntamiento se publicase y jurase con la mayor solemnidad, señalando para ello el día quince del presente mes en el que se haría la publicación, y en el siguiente dieciséis festivo la jura, convocando para tan solemnes actos a los dos cabildos, su juez, autoridades militares, empleados, y personas nobles y distinguidas del pueblo; y juntos en la sala consistorial los arriba expresados se paso procesionalmente a un pequeño tablado decentemente adornado y al efecto se formó en la Plaza Mayor, como sitio mas propicio enfrente de los balcones de dicha sala consistorial en donde se hallaba colocado bajo de el dosel el retrato de S.M.C. el rey don Fernando Séptimo, y colocados todos en sus respectivos lugares, tendida la tropa alrededor de dicho tablado, después de algunas salvas de fusilería, se procedió por mi el escribano en alto e inteligible tono a la lectura y publicación de la mencionada Constitución hasta su conclusión, y terminado el acto se retiraron los concurrentes al sitio en donde se hizo la reunión.
En el siguiente dieciséis vueltos a reunir los susodichos se pasó a la Iglesia Mayor y Colegial de esta villa en la que se celebró con la mayor solemnidad y culto la misa de gracias con su correspondiente plática, concerniente al asunto de Constitución; se leyó esta por uno de los individuos de dicho cabildo canónigo, se juró según previene el decreto por todos la mencionada Constitución y se concluyó con el Te Deum, habiéndose ejecutado todos estos actos con arreglo a dicho decreto con grande concurrencia de gente y el mayor regocijo.Y para que conste en donde convenga y dar parte a la Regencia del Reino según manda, doy el presente y signo y firmo en esta villa de Medina del Campo a treinta y uno de agosto de mil ochocientos doce en este papel común por no haberlo sellado = Manuel Avendaño
Archivo Municipal de Medina del Campo
A.M.M.C 350-8
Para más información:
1812 Wellington en Valladolid
Diputación Provincial de Valladolid, 2009
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